Hola @jocole, gracias por su valioso aporte. Entendemos su interrogante. Con el fin de brindarle asistencia y respuestas queremos informarle que recientemente con la puesta en vigencia de la normativa Núm. 070-19, que regula la activación y cancelación de servicios públicos de telecomunicaciones, en su artículo 11 explica los nuevos parámetros a tomar en cuenta para la cancelación de los contratos de servicios, y las instancias en las que usted está protegido como usuarios; esta también incluye su derecho a requerir una cancelación sin cargos por penalidad en caso de que aplique. Puede acceder a esta normativa en nuestro portal web. De todos modos, estaremos tomando en cuenta su observación.